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El DNI digital, oficialmente denominado
DNI electrónico, tendrá implicaciones
importantes para las administraciones y quizás
suponga una mejora de los servicios al ciudadano en
Internet..
LEY DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Los primeros DNI electrónicos para los burgaleses
sirven para que el Gobierno español anuncie la Ley
de Administración Electrónica. A golpe de
legislación y de leyes, el gobierno pretende
reconocer el derecho de los españoles a interactuar
con las administraciones públicas Internet.
EL
DNIE Para el 2008 se espera que todos los españoles
dispongan de su DNIe. En realidad el DNI digital no
suministra más datos que los que figuran en el
actual DNI y trata de garantizar la identidad de un
individuo para sus relaciones telemáticas con
terceros. Se espera que su implantación fomente el comercio
electrónico, en el que España mantiene un retraso
relativo importante respecto a otros países
europeos.
¿Administración electrónica, «eGovernment»? La duda es si el uso de Internet entre la ciudadanía
y la existencia del DNI electrónico empujará a la
desaparición de la burocracia presencial y le darán
la oportunidad al ciudadano español de resolver
muchos trámites sin acudir a una oficina pública.
Este es el reto del ministro de Administraciones
Públicas, Jordi Sevilla, quien se pretende ayudar de
un consejo asesor para el desarrollo de la
Administración electrónica, que estaría formado por
"relevantes personalidades públicas y expertos.
Cómo funciona el DNIe, pasos
1. El ciudadano acude a recoger su DNI digital donde
se le facilita la tarjeta del DNI digital y del
"número de pin". 2. El usuario entra en su ordenador convencional
conectado a Internet, con un navegador (Explorer o
cualquiera de uso libre como
Firefox), un sistema
operativo Windows, Linux o Mac y procede a
descargarse desde la página web del DNIe: http://www.dnielectronico.es/
; un programa, sólo la primera vez, que
permite el entendimiento entre el sistema
operativo y la tarjeta. Si el ordenador no
dispone de lector de tarjetas deberá comprar
una.
Qué información alberga el DNIe
Los mismos datos que están recogidos en el soporte
físico de la tarjeta del DNI. Y otros certificados
de acuerdo con la ley de Firma Electrónica:
• Un certificado sirve para "autenticarse"
(acreditar ante terceros nuestra identidad) • Otro certificado para firmar electrónicamente en
aquellos trámites que así sea necesario. • Un tercer certificado del propio DNI que
constituyéndose en autoridad de certificación,
"firma" los certificados del ciudadano.
• Un patrón de la impresión dactilar. DNIe -la tarjeta física- se renovará cada cinco
o diez años, dependiendo del titular y los
certificados digitales, cada 30 meses.
La importancia del Pin en el DNIe Cada DNIe irá acompañado de un pin personal. El pin
es la contraseña que protege las claves privadas y
permite activarlas en las aplicaciones que generan
firma electrónica y, por tanto, es confidencial,
personal e intransferible que se entrega en un sobre
ciego y es generado aleatoriamente. Cuando el
titular del DNIe quiera realizar una gestión deberá
teclear el pin. Las páginas para interactuar con el
DNIe han de establecer un canal de conexión segura.
Ello se aprecia visualmente porque el inicio de la
dirección en Internet no es un http sino un
https y
porque aparece el icono de un candado o una llave.
Para cambiar el pin de nuestro DNIe, pueden
presentarse dos casos. Una, que desconozcamos el pin
actual (o que el DNI esté bloqueado). En este caso,
el titular debe acudir a un PAD, donde a través de
un lector de impresión dactilar con reconocimiento
es positivo, la aplicación permite al titular
cambiar el pin de su DNIe.
Si sabemos el pin actual se puede acudir a un PAD y
cambiar su pin, bien indicando su pin actual, bien
por lectura de su impresión dactilar, o hacerlo
desde cualquier ordenador que disponga de un lector
de tarjetas criptográficas y conexión a Internet.
Como funciona una transacción en la red con el DNIe
Cuando se inicia una operación para un trámite en
que necesita demostrar la identidad, el DNI envía su
clave pública al peticionario. Si necesita firmar
electrónicamente el trámite, el peticionario se lo
enviará con la clave pública del ciudadano de tal
manera que sólo el certificado, el del titular del
DNI, que tenga la clave privada aparejada a la
pública podrá firmarlo. La clave privada nunca
abandona la tarjeta.
Hay otra cautela de seguridad. Si necesita firmar
electrónicamente un trámite o documento, antes de
hacerlo, aparecerá una ventana que advierte del
inicio del proceso y pide nuevamente el pin. El pin
no se puede cachear (almacenarlo en el ordenador
para no tener que teclearlo nuevamente). Hay que
tener claro que todo ello funciona para asegurar la
identidad y el trámite. El DNI no cifra el contenido
de los mensajes. Si alguien quiere enviar documentos
cifrados debe acudir a los programas ya existentes.
Para más información ver:
DNI electrónico.
(texto obtenido en www.dnielectronico.es)
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